Convocan la 3ª línea de subvenciones del Plan de Apoyo a la Implementación a la Normativa de Residuos

Mar 2, 2022

Desde la Asociación de Gestores Ambientales de Albacete (AGESAM) informamos de que se ha publicado, a 28 de febrero, la Resolución de 18/02/2022 de la Dirección General de Economía Circular, por la que se convoca la tercera línea de subvenciones contempladas en el Plan de Apoyo a la Implementación de la Normativa de Residuos de acuerdo al Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia financiado por la Unión Europea-Next Generation EU, consistente en la construcción de nuevas instalaciones de preparación para la reutilización y el reciclado de otros flujos de residuos recogidos separadamente.

Entidades beneficiarias:

  1. Los Municipios, Diputaciones Provinciales, Mancomunidades y Consorcios de residuos constituidos por entidades locales ubicados en el territorio de la Comunidad Autónoma de Castilla – La Mancha, que tengan asumida la competencia de prestar los servicios de recogida o de tratamiento de residuos y que presenten proyectos sobre los servicios de su competencia para su financiación
  2. Las personas físicas o jurídicas que tengan la condición de gestor de residuos de acuerdo a la Ley 22/2011, de residuos y suelos contaminados, que cumplan los requisitos del artículo 3 de la Orden 134/2021, de 8 de septiembre.

Objeto de esta resolución, convocar en régimen de concurrencia competitiva las subvenciones destinadas a actuaciones para la construcción de nuevas instalaciones de preparación para la reutilización y el reciclado de otros flujos de residuos recogidos separadamente en el marco del Plan de apoyo a la implementación de la normativa de residuos financiado por la Unión Europea-Next Generation EU, y el Programa de Economía Circular y Plan de Impulso al Medio Ambiente PIMA-Residuos financiados con fondos estatales.

Cuantía:

  1. Para Municipios, Diputaciones, Mancomunidades y Consorcios de residuos constituidos por Entidades Locales, la subvención podrá cubrir hasta el 90% de los gastos subvencionables.
  2. En el caso de entidad jurídica privada, la intensidad de ayuda no deberá exceder del 50% de los gastos subvencionables. La ayuda podrá incrementarse un 20% para pequeñas empresas y un 10% para medianas empresas.
  3. El importe máximo que podrá concederse será de 4.000.000 euros por entidad beneficiaria.
  4. La cuantía máxima vendrá determinada por la sumas de los importes de cada una de las tipologías que se soliciten.

– Tipología a): 800.000 euros.

– Tipología b): 2.800.000 euros.

– Tipología c): 400.000 euros.

Documentación a aportar:

Con carácter general:

  • Copia de resolución de otras ayudas concedidas para la misma finalidad, salvo que se haya facilitado esa información en el Anexo I.
  • Memoria del proyecto de la actuación, suscrita por persona facultativa competente en caso de ser necesario por norma legal, con el contenido mínimo señalado en la resolución de convocatoria de acuerdo a la disposición novena, apartado cuarto c) y la tipología solicitada.

Con carácter específico, en caso de gestores de residuos de acuerdo a la Ley 22/2011, de residuos y suelos contaminados:

  • En el caso de personas físicas, copia del documento de identidad, en caso de oposición a su consulta.
  • En caso de personas jurídicas, copia del NIF.
  • En caso de personas jurídicas, escrituras de la empresa y/o estatutos vigentes de la misma, inscritos, en su caso, en los registros públicos correspondientes.
  • En caso de actuar por medio de representante, documento que acredite la facultad de representación, y acreditación de su identidad, en caso de oposición a la consulta.
  • Copia de documento acreditativo y vigente de alta en el IAE y copia del justificante de pago del último recibo.

Plazo de presentación de las solicitudes será de 30 días hábiles, a contar desde el día siguiente al de la publicación de esta convocatoria (1 de marzo al 11 de abril).

Información adicional: para aclarar dudas dgeconomiacircular@jccm.es

¡Descarga la Resolución!

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